Condiciones Generales – Solar Value Homes
GIBOBS SL (antes HIPOTECA PRIMERO) es socio colaborador de IBERDROLA CLIENTES, S.A.U. e IBERDROLA SERVICIOS ENERGETICOS, S.A.U. para actividades de información, promoción y formalización de la contratación (venta) de suministros de electricidad y de gas natural y de otros productos y servicios, así como para fomentar la distribución de productos de seguros para la protección de pagos (“Solar Value Homes”). Mediante la aceptación de las siguientes Condiciones, El AGENTE amplía su colaboración con HIPOTECA PRIMERO para la promoción del producto Solar Value Homes
Mediante la aceptación de las siguientes Condiciones, El AGENTE amplía su colaboración con GIBOBS para la promoción del producto Solar Value Homes (“Condiciones Generales de Promoción de Solar Value Homes”).
PRIMERA.- El AGENTE llevará a cabo las actividades conforme a las instrucciones expresas que reciba de GIBOBS, quedando a su vez sometido a los parámetros que en cualquier momento se determinen desde el grupo IBERDROLA. Esto implica que el AGENTE deberá acatar, entre otras, y a modo enunciativo, las obligaciones que se le instruyan sobre protección de datos de carácter personal, ciberseguridad, códigos de buenas prácticas y derechos de propiedad intelectual. El quebrantamiento de estas obligaciones del AGENTE que perjudiquen al grupo IBERDROLA, y que conlleven sanciones, indemnizaciones o penalizaciones con cargo a GIBOBS, serán repercutidas al AGENTE.
SEGUNDA.- GIBOBS facilitará al AGENTE toda la información de productos y servicios, documentos, soportes y accesos necesarios para la acción comercial en el área que le corresponda. El Agente no podrá llevar a cabo acción comercial sobre productos y servicios de IBERDROLA sobre los cuales previamente no haya recibido indicaciones para poder hacerlo.
TERCERA.- El AGENTE no podrá ceder ni subrogar ni subcontratar ninguna de las actividades de la cartera de IBERDROLA si previamente no tiene la autorización expresa de GIBOBS.
CUARTA.- Toda la documentación e información que el AGENTE reciba para la actividad está sometida a derechos de propiedad intelectual e industrial de terceros. El AGENTE tiene autorizado el uso de los materiales que se le faciliten solo para cumplir con el objeto de estas condiciones, y deberá abstenerse de emplearlos fuera de las mismas y una vez haya concluido su actividad para GIBOBS.
QUINTA.- El AGENTE tendrá acceso a recursos técnicos e informáticos para la ejecución de la actividad. Desde GIBOBS se le facilitarán URLs y nombre de usuario y claves de acceso a esos recursos. El AGENTE deberá adoptar las medidas técnicas y organizativas necesarias para el correcto uso de esos recursos, evitando que puedan darse situaciones que comprometan la seguridad de las URLs y demás espacios a los que haya de acceder.
SEXTA.- El AGENTE facilitará a GIBOBS los certificados que pudieran resultar necesarios para acreditar estar al corriente de todas sus obligaciones con la Administración Pública (Agencia Tributaria, Seguridad Social, etc).
SÉPTIMA.- La aceptación de las presente condiciones no supone ninguna relación o vinculación contractual entre el AGENTE y el grupo IBERDROLA, por lo que en ninguna circunstancia cabrá que el AGENTE se dirija a dicha compañía o cualquier otra de su grupo.
OCTAVA.- La duración de las presentes condiciones está vinculada a la vigencia del acuerdo de colaboración entre GIBOBS y el grupo IBERDROLA. El AGENTE recibirá información puntual sobre la dicha vigencia, y le afectará cualquier situación que implique la resolución del contrato de colaboración entre las citadas compañías.
NOVENA.- El AGENTE mantendrá la más estricta confidencialidad de toda la información obtenida con la ejecución de su actividad sobre la cartera de IBERDROLA.